Micelio
Auto6 de septiembre de 2017

A- de 2017

Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido

Demandante Mauricio Andres Orozco Garcia·Demandado Defensa Civil Colombiana Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
Decreto 1382 De 2000
  • No establece competencia sino reglas de simple reparto
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Manizales Sala Penal, y el Juzgado Quinto Penal del Circuito de la misma ciudad.

Considera la Corte que la actuación del precitado Tribunal fue irregular al considerar que la distribución del caso fue equivocada, como consecuencia de la indebida aplicación que hiciera la Oficina de Apoyo Judicial de las reglas contenidas en el Decreto 1382 de 2000.

Frente al particular precisa la Sala, que la jurisprudencia constitucional ha establecido, de manera reiterada, que las directrices de reparto contenidas en la norma mencionada no son motivo válido para que una autoridad judicial se declare incompetente para dar trámite a una tutela y, por tanto, no da lugar a la existencia de conflicto de competencia alguno.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Tribunal Superior de Manizales, Sala Penal, para que de forma inmediata tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.

Se previene a dicha autoridad para que en lo sucesivo decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 5 de mayo de 2017, que profirió el Tribunal Superior de Manizales (Caldas), Sala Penal, mediante el cual se declaró incompetente para conocer de la acción de tutela presentada por Mauricio Andrés Orozco García contra la Defensa Civil Colombiana y Salud Total EPS.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2971 al Tribunal Superior de Manizales (Caldas), Sala Penal, para que, de forma inmediata, tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
  3. Tercero. PREVENIR al Tribunal Superior de Manizales (Caldas), Sala Penal, para que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
  5. Quinto. Penal del Circuito de Manizales (Caldas), la decisión adoptada en esta providencia, así como a las partes del proceso de tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.