Micelio
Auto1 de octubre de 2015

A- de 2015

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Corporacion Taurina De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Corresponde al juez de primera instancia y por excepción a Salas de Revisión de la Corte Constitucional
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguimiento al cumplimiento de la sentencia T-296/13.

Con el presente auto la Sala Segunda de Revisión se abstiene de declarar el incumplimiento por parte de la Alcaldía Mayor de Bogotá y del Instituto Distrital de Recreación y Deportes, frente a la realización de labores de rehabilitación de la Plaza de Toros de Santa María, toda vez que se han adelantado los procedimientos contractuales ordenados en la mencionada providencia y en el Auto 060/15.

Igualmente, se abstiene de hacer un pronunciamiento sobre la solicitud de la Corporación Taurina de Bogotá, relacionada con el inicio, por parte de las autoridades distritales, de un procedimiento encaminado a la realización de una consulta popular local dirigida a determinar si los ciudadanos estarán de acuerdo con que se realicen corridas de toros y novilladas en el Distrito Capital.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. CONTINUAR el tramite de verificacion del cumplimiento de la sentencia T-296 de 2013.
  2. Segundo. ABSTENERSE DE DECLARAR el incumplimiento por parte de la Alcaldia Mayor de Bogota y el Instituto Distrital de Recreacion y Deportes, frente a la realizacion de labores de rehabilitacion de la Plaza de Toros de Santa Maria dispuestas en el ordinal
  3. tercero. de la sentencia T-296 de 2013 y los ordinales
  4. segundo. y
  5. cuarto. del Auto A-060 de 2015.
  6. Tercero. ABSTENERSE de hacer un pronunciamiento sobre la solicitud de la Corporacion Taurina de Bogota, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.