Micelio
Auto18 de julio de 2018

A- de 2018

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Eriscindia Caro Tijaro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Cumplimiento De Sentencia De Tutela E Incidente De Desacato
  • Se rechaza por improcedente y se remite a quien conoció de la acción de tutela en primera instancia
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de apertura de incidente de desacato de la Sentencia T-069/18.

La accionante del proceso T-6331976 promovió el incidente de manera directa ante la Corporación, no obstante ser el juez de primera instancia quien debe resolver acerca de la procedencia del mismo.

Tras advertir que la peticionaria no ha puesto en conocimiento de dicha autoridad el presunto incumplimiento de las órdenes emitidas por la Sala de Revisión en el precitado fallo, se RECHAZA DE PLANO la petición y se dispone el envío del escrito al Juzgado Cuarto Civil Municipal de Bogotá, para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR DE PLANO, la solicitud de apertura de incidente de desacato presentada por la señora Eriscindia Caro Tijaro, en representación del menor de edad Juan David Caro Chávez.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General INFÓRMESE del presente auto a la señora Eriscindia Caro Tijaro, en representación del menor de edad Juan David Caro Chávez, y REMÍTASE el escrito de la referencia al Juzgado
  3. Cuarto. Civil Municipal de Bogotá, para lo de su competencia.
  4. TERCERO. Contra este auto no cabe recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.