A- de 2021
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Laura Vanessa Cantillo Rhenals·Demandado Cnsc
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Cartagena y el Juzgado Octavo Administrativo Oral de Cali.
Revisado el asunto concluyó la Corte que sólo se configuró un conflicto aparente de competencia, en tanto el primer despacho determinó que no estaba facultado para conocer la acción de tutela, con base en lo dispuesto en el Decreto 1834 de 2015, por lo que ordenó remitir el expediente al juzgado de Cali, por estimar que existía identidad de objeto, causa y sujeto pasivo entre unos procesos de tutela analizados previamente por dicha autoridad.
A su turno, este operador jurídico sostuvo que la causa y el objeto eran distintos en dichas acciones constitucionales.
Se dirime el conflicto ordenando enviar el expediente al Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Cartagena para que profiera la decisión de fondo a la que haya lugar.
Así mismo se le advierte que, en lo sucesivo, se abstenga de sustraerse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en una aplicación del Decreto 1834 de 2015 por fuera de los supuestos normativos de identidad de causa, objeto y sujeto pasivo de cada una de las demandas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS los autos proferidos el 13 y 21 de abril de 2021 por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Cartagena, en el marco de la tutela promovida por Laura Vanessa Cantillo Rhenals en contra del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Comision Nacional del Servicio Civil.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3996 al Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Cartagena para que profiera decision de fondo respecto de la tutela promovida por Laura Vanessa Cantillo Rhenals en contra del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Comision Nacional del Servicio Civil.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Cartagena para que, en lo sucesivo, se abstenga de sustraerse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en una aplicacion del Decreto 1834 de 2015 por fuera de los supuestos normativos de identidad de causa, objeto y sujeto pasivo de cada una de las demandas.
- Cuarto. Por Secretaria General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado
- Octavo. Administrativo Oral de Cali de la decision adoptada mediante esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.