A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Ingrid Paola Cardenas Garzon·Demandado Gobernacion Del Meta Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
- Lugar donde ocurrió amenaza o vulneración de derechos fundamentales o donde se produjeron sus efectos
- No establece competencia sino reglas de simple reparto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Villavicencio, el Juzgado Trece Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cuarto Penal Municipal con Función de Conocimiento de Villavicencio.
Considera la Corte que en el presente caso no se presentó un conflicto de competencia sino una diferencia respecto a la interpretación que cada despacho realizó frente a un escrito de la demandante, a través del cual se quería que se verificara el cumplimiento de la resuelto en la Sentencia T-088/11.
En este orden de ideas y, en atención a los principios de efectividad, eficiencia, celeridad y prontitud de la acción de tutela, se dispone enviar el expediente al juez de primera instancia, esto es, al Juzgado Cuarto Penal Municipal con Función de Conocimiento de Villavicencio, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar respecto a la solicitud de cumplimiento invocada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 21 de abril de 2017, proferido por el Juzgado 4º Penal Municipal de Conocimiento de Villavicencio dentro del expediente ICC-2983.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado 4º Penal Municipal de Conocimiento de Villavicencio el expediente ICC-2983, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar, dentro de la solicitud de cumplimiento presentada por Ingrid Paola Cárdenas Garzón contra la Unión Temporal de Vivienda Pro Orinoquia Llanos, Villavivienda (Empresa Industrial y Comercial del Municipio de Villavicencio), la Gobernación del Meta, la Alcaldía Municipal de Villavicencio, el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social).
- TERCERO. SOLICITAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes, al Juzgado 3º de Familia del Circuito de Villavicencio y al Juzgado 13 Civil del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.