Micelio
Auto30 de septiembre de 2015

A- de 2015

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Cacterine Moreno Palacios·Demandado Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Veintiséis Penal del Circuito de Medellín y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Bárbara (Antioquia), en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Se recuerda la posición de la Corporación, respecto a que en materia de tutela los únicos conflictos de competencia que existen son aquellos que se presentan por la aplicación o interpretación del factor de competencia territorial reconocido en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.

Se precisa que, frente al factor territorial el afectado puede interponer la acción de tutela en el lugar donde ocurrió la violación o amenaza de los derechos fundamentales o, en el lugar donde se producen sus efectos.

En el caso concreto se decide la controversia ordenando la remisión del expediente al Juzgado Veintiséis Penal del Circuito de Medellín, para que sin más demoras profiera decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto de Sustanciación No. 04207 del 22 de julio de 2015 proferido por el Juzgado Veintiséis Penal del Circuito de Medellín, dentro del expediente ICC-2250.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS el Auto Interlocutorio No. 124 del 27 de julio de 2015 proferido por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Bárbara (Antioquia), dentro del expediente ICC-2250.
  3. Tercero. REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Cacterine Moreno Palacios contra Unidad Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), al Juzgado Veintiséis Penal del Circuito de Medellín para que, sin más demoras, profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
  4. Cuarto. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Bárbara (Antioquia).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.