Micelio
Auto5 de agosto de 2021

A- de 2021

Ponente Alberto Rojas Ríos

Tema · dato duro
Conflicto Originado En Contrato De Trabajo De Trabajador Oficial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos que se originen en el contrato de trabajo de trabajador oficial
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 30 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 32 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por un ciudadano en contra de la Beneficencia de Cundinamarca, donde se encuentra vinculado como trabajador oficial, con el propósito de que se declare la nulidad del oficio mediante el cual la entidad le negó el régimen retroactivo de las cesantías. .

La Corte verificó el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y analizó de manera sucinta temática relacionada con la competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo en materias de carácter laboral y la competencia residual de la jurisdicción ordinaria.

Se dirimió el conflicto ordenando remitir el expediente al Juzgado 32 Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que proceda a comunicar la presente decisión al otro operador jurídico, así como a las partes y demás sujetos procesales.

La regla de decisión que se aplicó en este caso fue aquella que establece que la demanda promovida por un trabajador oficial para perseguir el reconocimiento y pago de prestaciones laborales que han sido causadas en virtud del contrato de trabajo que ha celebrado con el Estado, deber ser conocida y decidida por la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 30 Administrativo del Circuito de Bogota y el Juzgado 32 Laboral del Circuito de Bogota, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 32 Laboral del Circuito de Bogota es la autoridad competente para conocer y decidir el proceso promovido por el ciudadano Jaime Hernando Nunez Nunez contra la Beneficencia de Cundinamarca.
  2. Segundo. Por Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR el expediente CJU-207 al Juzgado 32 Laboral del Circuito de Bogota, para lo de su competencia, y para que proceda a comunicar la presente decision al Juzgado 30 Administrativo del Circuito de Bogota, asi como a las partes y demas sujetos procesales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.