A- de 2016
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Rugero Antonio Cogollo Bustamante·Demandado Uariv
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de Jurisprudencia
- Competencia de jueces del circuito
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Apartadó y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Turbo.
Como quiera que el domicilio del accionante es en la zona rural del municipio de Turbo y la oficina de la entidad demandada en el municipio de Apartadó, considera la Corte que los despachos judiciales de ambas entidades territoriales resultan competentes para conocer el asunto.
No obstante, como el actor eligió interponer la demanda ante los jueces del domicilio de la entidad accionada, se respeta su elección y se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Apartadó, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 22 de agosto de 2016 proferido por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito Especializado en Restitucion de Tierras de Apartado, dentro del expediente ICC-2480.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito Especializado en Restitucion de Tierras de Apartado el expediente ICC-2480, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar, dentro de la accion de tutela formulada por Rugero Antonio Cogollo Bustamante contra la Unidad para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas-Uariv
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaria General, se comunique la decision adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito de Turbo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.