Micelio
Auto14 de agosto de 2019

A- de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Edgar Eduardo Simbaqueva Herrera·Demandado Direccion Ejecutiva De Administracion Judicial Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Veintiocho Administrativo Oral de Bogotá D.C. y la Sala Civil de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad.

En este asunto se configuró un conflicto aparente de competencia, en tanto los despachos judiciales involucrados decidieron tomar las reglas de reparto contenidas en el artículo 1º del Decreto 1983 de 2017, para abstenerse de asumir el conocimiento del asunto y emitir un pronunciamiento de fondo.

Considera la Corte que la autoridad competente para resolver la acción de tutela invocada es aquella a quien se repartió en primer término la solicitud, esto es, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.

Se remite el expediente a dicha Corporación para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

A los dos despachos involucrados en la controversia se les advierte que, en lo sucesivo, deben observar con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto y abstenerse de formular conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que deben adoptar como jueces constitucionales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 10 de junio de 2019 por el Juzgado Veintiocho Administrativo Oral de Bogota D.C., mediante el cual se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela formulada por Edgar Eduardo Simbaqueva Herrera contra la Direccion Ejecutiva de Administracion Judicial de Bogota.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3719 al Juzgado Veintiocho Administrativo Oral de Bogota D.C. para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Veintiocho Administrativo Oral de Bogota D.C. y a la Sala Civil de Decision del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C. que, en lo sucesivo, deben observar con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto y abstenerse de formular conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que deben adoptar como jueces constitucionales.
  4. CUARTO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR la presente decision a la parte accionante, a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y a la Sala Civil de Decision del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.