Micelio
Auto2 de abril de 2025

A- de 2025

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Elvia Del Rocio Hernandez Ramirez·Demandado Ministerio De Educacion Nacional Y Otro

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Comision Nacional De Disciplina Judicial Y Comisiones Seccionales De Disciplina Judicial
  • Incompetencia para promover cumplimiento de sentencias de tutela y tramitar incidentes de desacato
  • Incompetencia para conocer de acciones de tutela
Conflicto Negativo De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Antioquia y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín.

La controversia entre las precitadas autoridades se originó en torno al trámite de un incidente de desacato iniciado por una ciudadana en contra de la gobernación de Antioquia y el Ministerio de Educación Nacional, en atención a un fallo proferido en 2018 por la Sala Jurisdiccional del Consejo Superior de la Judicatura.

Luego de analizar el asunto la Sala Plena de la Corporación concluyó que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, principalmente, a lo preceptuado en los Autos 112 y 167 de 2021, la autoridad competente para conocer del incidente de desacato mencionado es la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín.

Se remitió el expediente a la precitada Corporación para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS las decisiones adoptadas en el Auto del del 11 de marzo de 2025 proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín dentro del trámite de cumplimiento promovido por la señora Elvia del Rocío Hernández Ramírez.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4944 a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar en relación con trámite de cumplimiento promovido por la señora Elvia del Rocío Hernández Ramírez contra el departamento de Antioquia y el Ministerio de Educación Nacional.
  3. TERCERO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a las autoridades involucradas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.