A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Jose Horacio Chocue Guasaquillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de Jurisprudencia
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito de Florencia y el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La Corte advierte que en el presente asunto no existe conflicto de competencia alguno, toda vez que el accionante sólo presentó un oficio ante el Juzgado Penal en el cual escribió como referencia “acción de tutela”, sin que en el mismo indicara contra quién se pretendía promover el recurso de amparo, ni los derechos vulnerados.
Con base en lo anterior, la Sala decide remitir el expediente a dicha autoridad, para que de manera inmediata cite al actor a su despacho a efectos de que complemente los elementos básicos faltantes de la acción de tutela que presentó y, una vez surtido lo anterior, le imparta el trámite que corresponda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REMITIR al Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Florencia el expediente ICC-2956, para que, de manera inmediata, cite al señor José Horacio Chocue Guasaquillo a su despacho, a efectos de que complemente los elementos básicos faltantes de la acción de tutela que presentó y, una vez surtido lo anterior, le imparta el trámite propio de esta acción constitucional.
- SEGUNDO. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia al señor José Horacio Chocue Guasaquillo, al Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Florencia, a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Caquetá y a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.