A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Aguirre Montoya Jose
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Manizales (Caldas) y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Manizales (Caldas).
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso Colpensiones contra la Resolución por medio de la cual, la entidad reconoció una pensión de sobrevivientes a un ciudadano, con ocasión del fallecimiento de un hijo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos requeridos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte aplicó la regla de decisión fijada en el Auto 316/21 mediante la cual determinó que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer de una demanda de una entidad pública contra un acto administrativo propio, presentada en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Manizales (Caldas) para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Manizales (Caldas) y el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Manizales (Caldas) y DECLARAR que el conocimiento de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por Colpensiones contra la Resolución SUB 274271 del 20 de octubre de 2018 corresponde al Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Manizales (Caldas).
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2270 al Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Manizales (Caldas) para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida acción y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Manizales (Caldas) y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.