Micelio
Auto6 de agosto de 2019

A- de 2019

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Tatiana Rocio Peña Trujillo·Demandado Tribunal Superior De Bucaramanga, Sala Plena Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y el Juzgado Segundo Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de San Gil (Santander).

En este caso se configuró un conflicto aparente de competencia.

Lo anterior, en la medida en que la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia tomó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, para abstenerse de asumir el conocimiento del asunto y emitir un pronunciamiento de fondo.

Con dicha actuación, la precitada autoridad aplicó una disposición normativa que no desplazaba su competencia, pero si afectaba la celeridad y eficacia en la administración de justicia, así como la protección a los derechos fundamentales de los accionantes.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se hace una serie de advertencias a los despachos judiciales en tensión, referentes al reparto de procesos y trámite de conflictos de competencia en materia de tutela.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 10 de junio de 2019 proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia dentro de la acción de tutela impetrada por la señora Tatiana Rocío Peña Trujillo contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Bucaramanga y otros.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3702 a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  4. Tercero. ADVERTIR, a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  5. Cuarto. ADVERTIR al Juzgado
  6. Segundo. Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de San Gil (Santander) que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporación.
  7. Quinto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante al Juzgado
  8. Segundo. Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de San Gil (Santander).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.