Micelio
Auto14 de septiembre de 2016

A- de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Yeni Hurtado Velasco Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se resuelven algunas solicitudes elevadas a la Corporación, relacionadas con la negativa de acumular procesos en curso contra la Ley 1776 de 2016 y con la programación de las intervenciones en la audiencia pública programada para tratar el tema de las ZIDRES.

La Sala Plena decide RECHAZAR el recurso de reposición formulado contra el Auto 385/16 que negó la acumulación referida y la súplica contra el Auto 388/16.

Igualmente, dispuso mantener el cronograma de intervenciones previsto en los Autos 388 y 421 de 2016 y, en consecuencia, no acceder a las solicitudes de participación presentadas por los memorialistas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Rechazar el recurso de reposicion formulado por la ciudadana Yeni Hurtado Velasco contra el Auto 385 de 2016 que nego la acumulacion de procesos, y la suplica contra el auto 388 de 2016 presentada por el ciudadano Ramiro Silva Rodriguez.
  2. Segundo. Mantener el cronograma de intervenciones previsto en los autos 388 y 421 de 2016, para el desarrollo de la audiencia publica programada en el asunto de la referencia, y en consecuencia, no acceder a las solicitudes de intervencion formuladas por los ciudadanos Medina Aguilar y Silva Rodriguez.
  3. Tercero. Por Secretaria General informese a los peticionarios de estas decisiones.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.