Micelio
Auto29 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Torres Rojas Carlos Andres·Demandado Solarte Carlos Alberto Y Css Contructores Sa

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil-Conflictos Sobre Responsabilidad Civil Extracontractual
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conflictos sobre responsabilidad civil extracontractual
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Once Administrativo Oral de Tunja y el Juzgado Cuarto Civil de Oralidad de Tunja.

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una demanda ordinaria verbal de responsabilidad civil extracontractual interpuesta por un ciudadano en contra de CSS Constructores S.A. y de un particular, con la pretensión de que se declare su responsabilidad civil extracontractual y obtener la indemnización del daño que sufrió en el marco de un accidente de tránsito.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró lo dispuesto en el Auto 633 de 2022, según el cual, en aplicación de la cláusula residual de competencia de que trata el artículo 15 del Código General del Proceso, la Jurisdicción Ordinaria es la competente para conocer las demandas de responsabilidad extracontractual en contra de una empresa privada responsable de la ejecución de un contrato de concesión.

Por las razones expuestas, la Corte concluye que la competencia para conocer de la demanda que motivó el presente conflicto de jurisdicción es de la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil.

Por lo tanto, esta Corporación lo resolverá en el sentido de declarar que corresponde al Juzgado Cuarto Civil de Oralidad de Tunja conocer de la demanda presentada, a donde ordenó remitir el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Once Administrativo Oral de Tunja y el Juzgado
  2. Cuarto. Civil de Oralidad de Tunja, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Cuarto. Civil de Oralidad de Tunja es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por el señor Carlos Andrés Torres Rojas en contra de Carlos Alberto Solarte y CSS Constructores S.A.
  4. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2020 al Juzgado
  5. Cuarto. Civil de Oralidad de Tunja para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Once Administrativo Oral de Tunja.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.