A- de 2018
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Gustavo Barbosa Neira·Demandado Procuraduria General De La Nacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1834 de 2015
- Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y el Tribunal Administrativo del Meta.
La Corte considera que se configuró un conflicto aparente de competencia fundado en la interpretación errada que la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá realizó de las reglas de reparto consignadas en el Decreto 1834 de 2015.
Dicha autoridad decidió enviar la acción de tutela de la referencia, después de haber asumido su conocimiento, al Tribunal Administrativo del Meta, sin realizar una verificación pormenorizada de la identidad de causa y objeto entre la acción que le correspondió y la que había resuelto la otra Corporación.
Concluye la Corte que quien debe resolver la solicitud de amparo impetrada es la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, a quien se le remite el expediente para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a esta autoridad para que para que en lo sucesivo decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 22 de mayo de 2018, dentro del trámite de la acción de tutela formulada por Gustavo Barbosa Neira contra la Procuraduría General de la Nación.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3349 a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que, de manera inmediata, asuma el conocimiento y resuelva, en primera instancia, la acción de tutela de la referencia.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente decisión a las partes y al Tribunal Administrativo del Meta.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.