A- de 2021
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Haroldo Eduardo Sua Montaño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de unificación de criterio sobre la procedibilidad de la suspensión de procesos de constitucionalidad, formulada por el señor Harold Eduardo Sua Montaña.
Consideró la Corte que la anterior petición no corresponde técnicamente a un recurso, pero que su alcance busca mantener el estado de discusión respecto de la petición de suspender el proceso de la referencia, lo cual fue resuelto en el Auto 273/21.
Observó además la Sala que el memorialista tampoco sustentó su pretensión en una norma que le imponga a la Corporación proceder en tal sentido, sino que se trata de una solicitud notoriamente improcedente, que deviene en su declaratoria de RECHAZO de plano, lo cual resolvió con el presente auto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR de plano la solicitud formulada por el ciudadano Harold Eduardo Sua Montana el dia 15 de julio de 2021, dirigida a "(...) unificar criterio acerca de la procedibilidad de la suspension de procesos de constitucionalidad (...)", por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. Comuniquese la presente providencia al solicitante, con la advertencia de que contra esta decision no procede ningun recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.