A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Ministerio De Defensa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Negar por cuanto no existe una razón objetiva de duda, sino inconformidad y deseo de reabrir el debate jurídico
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de aclaración de la Sentencia C-433/21, interpuesta por el Ministerio de Defensa Nacional.
Principalmente se pidió a la Corporación precisar y aclarar la fecha a partir de la cual empezaría a producir los efectos la decisión plasmada en el precitado fallo y de manera subsidiaria se solicitó establecer un término prudencial dentro del cual se pudieran predicar los efectos del mismo.
Así mismo, se pidió la apertura del incidente de impacto fiscal y se alegó que éste sería obligatorio, por cuanto al reducirse el pie de Fuerza, se generaría como consecuencia la necesidad de aumentar el personal de soldados profesionales, oficiales y suboficiales para cubrir la necesidad de defensa y seguridad nacionales.
La Sala Plena de la Corporación encontró que la parte solicitante no mostró debidamente que el fallo tuviera conceptos ambiguos o aspectos ininteligibles en la argumentación, sino que se limitó a mencionar problemas prácticos de la aplicación de la sentencia, y que además buscaba adicionar nuevos elementos de juicio al debate sobre la constitucionalidad de la disposición acusada y reanudar el debate sobre algunos aspectos que fueron objeto de pronunciamiento en el referido fallo.
Con base en las anteriores consideraciones se NEGÓ la aclaración rogada en esta oportunidad.
El incidente de impacto fiscal se NEGÓ, por la falta de legitimación por activa, toda vez que esta facultad la ostentan, exclusivamente, los ministros del Gobierno y el Procurador General de la Nación.
Respecto a la inquietud sobre los efectos temporales del fallo en mención, se hizo remisión al artículo 45 de la Ley 270 de 1996.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (24 puntos)
- Primero. NEGAR la solicitud de aclaración de la Sentencia C-433 de 2021, por las razones expuestas en la parte motiva de este auto.
- Segundo. NEGAR la solicitud de apertura del incidente de impacto fiscal, por falta de legitimación en la causa por activa.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes del proceso de tutela la decisión adoptada en esta providencia.
- Comuníquese y cúmplase,
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- Con impedimento aceptado
- KARENA CASELLES HERNÁNDEZ
- Magistrada (e)
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBA´N~EZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- JOSE´ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SA´CHICA ME´NDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.