Micelio
Auto26 de noviembre de 2020

A- de 2020

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Arnoldo Chiquillo Oliver

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda fue rechazada porque el actor dejó correr los términos de ejecutoria del auto de inadmisión sin emitir pronunciamiento alguno.

La Sala Plena de la Corporación corroboró el carácter extemporáneo del recurso interpuesto y, por ello, resolvió RECHAZARLO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR el recurso de suplica presentado contra el Auto del 14 de octubre de 2020, proferido por el Magistrado Jorge Enrique Ibanez Najar, que rechazo la demanda de inconstitucionalidad formulada por el ciudadano Arnaldo Chiquillo Oliver, en contra de del articulo 29 de la Ley 65 de 1993, "por el cual se expide el Codigo Penitenciario y Carcelarios", radicada con el numero D-13924, por las razones expuestas en el presente auto.
  2. Segundo. COMUNICAR, a traves de la Secretaria General de la Corte, el contenido de esta decision a la parte demandante, indicandole que contra esta no procede recurso alguno. Este tramite debe realizarse en el Centro Penitenciario y Carcelario en donde se encuentra recluido y debera entregarsele una copia completa de la presente decision.
  3. Tercero. ARCHIVAR el expediente D-13924.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.