A- de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Juan Fernando Gutierrez Berrocal·Demandado La Nacion/Ministerio De Defensa Nacional
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 14 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Promiscuo del Circuito de El Bagre (Antioquia).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos despachos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos fundamentales alegada por la parte accionante.
La Corte dirime el conflicto ordenando enviar el expediente al Juzgado Promiscuo del Circuito de El Bagre, para que de forma inmediata inicie el trámite de amparo respectivo y profiera la decisión a la que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 2 de febrero de 2022 proferido por el Juzgado Promiscuo del Circuito de El Bagre, Antioquia dentro de la acción de tutela formulada por el señor Juan Fernando Gutiérrez Berrocal contra la Nación -Ministerio de Defensa Nacional, Dirección de Sanidad, y el Comandante del Batallón Especial Energético Vial N°. 5.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4144 al Juzgado Promiscuo del Circuito de El Bagre, Antioquia, para que, de forma inmediata inicie el trámite de amparo respectivo y profiera la decisión que corresponda en la acción de tutela promovida por el señor Juan Fernando Gutiérrez Berrocal.
- Tercero. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte actora y al Juzgado 14 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.