A- de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Falta de competencia de la Corte Constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Veinticinco Civil Municipal De la misma ciudad.
La controversia entre los despachos judiciales involucrados se originó en una demanda cuya pretensión era que se librara mandamiento de pago en contra de la Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud (ADRES).
La Corte advirtió que en el presente caso no se presentó un conflicto de competencia entre jurisdicciones, porque las autoridades en controversia pertenecen a la misma jurisdicción, esto es, la ordinaria.
Con base en lo anterior concluyó la Sala Plena de la Corporación que quien debe dirimir el conflicto de competencia es la Sala Mixta del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, a donde se envió el expediente para que de manera inmediata resuelva lo pertinente.
En consecuencia, la Sala Plena se INHIBIÓ de emitir pronunciamiento de fondo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. INHIBIRSE de resolver el conflicto de competencia propuesto por el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Bogotá, en el expediente CJU-774.
- Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-774 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que (i) resuelva inmediatamente el conflicto de competencia surgido entre el Juzgado Veinticinco Civil Municipal de Bogotá y el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Bogotá y (ii) comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.