A- de 2021
Ponente Alejandro Linares Cantillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia
- Jurisdicción ordinaria y jurisdicción penal militar
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Sexto Penal Especializado de Bogotá D.C.
En la audiencia de acusación realizada contra varios ciudadanos por la comisión de diferentes delitos como homicidio, tráfico, porte o tenencias de armas de fuego, concierto para delinquir y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, entre otros, el apoderado de un implicado impugnó la competencia del despacho para continuar el trámite del proceso y adujo que éste debía ser conocido por la Justicia Penal Militar, en tanto las conductas desplegadas por su defendido fueron ejecutadas cuando era policía activo y estaba en servicio.
Con ocasión de esta solicitud el juez dio trámite a la impugnación y remitió el proceso a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para que resolviera el correspondiente conflicto de jurisdicción.
Luego de constatar que no se satisfizo el presupuesto subjetivo, por cuanto no existió pronunciamiento alguno por parte de la Justicia Penal Militar sobre su competencia para asumir el proceso penal descrito anteriormente, la Corte se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento alguno y dispuso remitir el expediente al juzgado que lo remitió, para que de manera inmediata imparte el trámite que corresponda
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdiccion remitido por el Juzgado
- Sexto. Penal Especializado de Bogota ante el incumplimiento del presupuesto subjetivo para su configuracion.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-731 al Juzgado
- Sexto. Penal Especializado de Bogota, para que, de manera inmediata, tramite el referido proceso y comunique la presente decision a las partes del mismo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.