A- de 2021
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Competencia de la jurisdicción ordinaria laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Buenaventura y el Juzgado Primero Administrativo de la misma ciudad.
La controversia entre los despachos judiciales involucrados se generó en torno a una demanda ordinaria laboral en contra del Distrito Especial de Buenaventura a través de la cual se pretende la reliquidación de una pensión de jubilación de conformidad con la convención colectiva de trabajo.
Luego de comprobar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de competencia, la Corte reiteró los criterios establecidos en el Auto 314/21 mediante el cual sostuvo que, en aquellos casos en los cuales una persona que al momento de causar su derecho pensional tenía la condición de trabajador oficial y demanda a una entidad de naturaleza pública, será competencia de la Jurisdicción Laboral, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 104, 105 del CPACA y 2º del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social.
Con base en lo anterior se ordena remitir el expediente al Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Buenaventura para que tramite el proceso de la referencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Buenaventura y el Juzgado
- Primero. Administrativo de Buenaventura, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Buenaventura es la autoridad competente para conocer del proceso bajo el numero de radicado 7610933330012021000800 promovido por el senor Eugenio Anchico Grueso contra el Distrito Especial de Buenaventura.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-474 al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Buenaventura para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.