A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante De Oficio·Demandado Cardena Bedoya Mateo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto normativo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 160 de Instrucción Militar de Manizales y el Juzgado Primero Penal del Circuito de Chinchiná, Caldas.
Se presenta la controversia entre los Despachos por proceso penal iniciado en contra de miembro de la Fuerza Pública, como auxiliar de policía, por la presunta comisión del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso, no se acredita el presupuesto normativo.
Ello, porque si bien el Juzgado 160 de Instrucción Militar de Manizales fundamentó su decisión en el artículo 221 de la Constitución, la Sentencia C-358 de 1997 de la Corte Constitucional y las sentencias 29731 de 2010, 17946 de 2004, 2022 de 2005, 26055 de 2008 y 25933 de 2008 de la Corte Suprema de Justicia, no sucede igual con la autoridad de la jurisdicción ordinaria.
Por el contrario, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Chinchiná se limitó a indicar que no tiene competencia “para analizar las conductas penales cometidas por funcionarios adscritos a la Justicia Penal Militar”, sin hacer referencia a ningún fundamento Constitucional, legal o jurisprudencial que sustente su decisión.
Por consiguiente, la Corte resuelve declararse inhibida para fallar de fondo y dispone el envío del expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito de Chinchiná, Caldas para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión Juzgado 160 de Instrucción Militar de Manizales y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo en el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4718 al Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Chinchiná, Caldas para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión Juzgado 160 de Instrucción Militar de Manizales y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.