Micelio
Auto22 de julio de 2019

A- de 2019

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional
  • Análisis de cumplimiento de las órdenes impartidas en el marco del seguimiento de la sentencia T-418/15
  • Declarar el cumplimiento de la sentencia T-418/15
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se declara el cumplimiento de la Sentencia T-418/15 y se hace una advertencia al Ministerio de Salud para que, como autoridad del sector y con la colaboración de la Secretaría de Salud Distrital de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud dispongan de los mecanismos necesarios para que la prestación del servicio se adecúe al PASIVI y así, cumpla con las expectativas de las víctimas de graves violaciones, particularmente de la accionante, quien por su situación particular y actual de amenaza contra su integridad física, requiere de la eliminación de trabas administrativas, en caso de existir, a la hora de acceder de manera efectiva a las citas médicas autorizadas y programadas.

También se advierte a las entidades accionadas que deben continuar con la diligencia prestada hasta el momento y con el carácter prioritario de la atención, dada la gravedad de las circunstancias del presente caso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DECLARAR el cumplimento de la sentencia T-418 de 2015, de acuerdo con lo considerado en el presente asunto.
  2. SEGUNDO. ADVERTIR al Ministerio de Salud para que, como autoridad en este sector y con la colaboracion de la Secretaria de Salud Distrital de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud dispongan de los mecanismos necesarios para que la prestacion del servicio se adecue al PASIVI y asi, cumpla con las expectativas de las victimas de graves violaciones, particularmente de la senora Celia, quien por su situacion particular y actual de amenaza contra su integridad fisica, requiere de la eliminacion de trabas administrativas, en caso de haberlas, a la hora de acceder de manera efectiva a las citas medicas autorizadas y programadas.
  3. TERCERO. ADVERTIR a las entidades accionadas que deben continuar con la diligencia prestada hasta el momento y con el caracter prioritario de la atencion, dada la gravedad de las circunstancias del caso.
  4. CUARTO. COMUNICAR esta providencia a todas las partes de este proceso enunciadas en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.