Micelio
Auto3 de agosto de 2017

A- de 2017

Ponente Iván Humberto Escrucería Mayolo

Demandante Sala Plena

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se suspenden los términos en el expediente RDL-014, correspondiente al control automático de constitucionalidad del Decreto Ley 775 de 2017, por la cual se dictan normas para que el Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los miembros de la Fuerza Aérea Pública, financiado por Fondetec preste servicios de defensa técnica a los miembros activos y retirados de la Fuerza Pública en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición.

Se dispone que esta suspensión se mantenga hasta tanto la Corte decida sobre la constitucionalidad del Acto Legislativo 01 de 2017 (expediente RPZ-03) y de la Ley 1820 de 2016 (RPZ-001) y, decrete la reanudación del presente proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. SUSPENDER los términos en el expediente RDL-014, correspondiente al control automático de constitucionalidad del Decreto Ley 775 de 2017 "Por la cual se dictan normas para que el Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los miembros de la Fuerza Pública, financiado por Fondetec preste servicios de defensa técnica a los miembros activos y retirados de la Fuerza Pública en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición".
  2. SEGUNDO. Esta suspensión se mantendrá hasta tanto la Corte Constitucional decida sobre la constitucionalidad del Acto Legislativo 01 de 2017 (Expediente RPZ-03) y de la Ley 1820 de 2016 (RPZ-001), y decrete la reanudación del proceso RDL-014.
  3. TERCERO. La Secretaría General de la Corte Constitucional realizará las anotaciones correspondientes en los expedientes mencionados.
  4. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.