A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Rave Rojas Castor Alberto·Demandado Alcaldia De Bello
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Seguridad social de empleado público o miembro de corporación pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Treinta y Cinco Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bello, Antioquia.
La controversia se origina por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por un ciudadano, en contra del municipio de Bello, Antioquia, con el propósito de obtener la nulidad de los actos administrativos mediante los cuales el municipio demandado le negó el reconocimiento de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez y se proceda de conformidad con el pago por dicho concepto, en valores referidos en escrito de demanda.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena establece la regla de decisión según la cual, en virtud del numeral 4 del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer de demandas en las que se pretende el reconocimiento y pago de una prestación de la seguridad social de un empleado público, cuyo régimen de pensiones fue administrado por una entidad de derecho público, durante el tiempo de la vinculación objeto de reclamo.
Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Treinta y Cinco Administrativo del Circuito de Medellín, para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bello, Antioquia, y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones planteado entre el Juzgado Treinta y Cinco Administrativo del Circuito de Medellín, y el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Bello, Antioquia, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Treinta y Cinco Administrativo del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el señor Castor Alberto Rave Rojas contra el municipio de Bello, Antioquia.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4466 al Juzgado Treinta y Cinco Administrativo del Circuito de Medellín, para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Bello, Antioquia, y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.