Micelio
Auto26 de marzo de 2025

A- de 2025

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Lasprilla Taborda Jeisson Alberto·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Finalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
1 tema · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó por la falta de competencia de la Corte para decidir sobre la constitucionalidad del Acuerdo número 617 de 2018.

Lo anterior, por tratarse de un acto administrativo de carácter general expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, cuyo control judicial corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

Consideró la Sala Plena que el actor no presentó razones claras, coherentes y suficientes para demostrar la existencia de un yerro, olvido o arbitrariedad por parte de la Magistrada Sustanciadora al rechazar la demanda por falta de competencia.

En consecuencia, al no cumplir con la carga argumentativa requerida, se RECHAZÓ el recurso impetrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, el recurso de súplica interpuesto por Jeisson Alberto Lasprilla Taborda, en el expediente D-16416, contra del auto del 26 de febrero de 2025.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.