A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Ministerio De Educacion Nacional Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Marin Cruz Jaime Antonio
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado Sexto Civil Municipal de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la solicitud de ejecución de providencia judicial que presento el Ministerio de Educación/ Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en contra de un ciudadano, pretendiendo que se librara mandamiento de pago por el valor de las costas procesales aprobadas en el marco de un proceso ordinario iniciado por el demandado en contra de la entidad.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos requeridos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 008/22 mediante la cual estableció que, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Se remite el expediente al Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Sexto. Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Manizales, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado
- Sexto. Administrativo del Circuito de Manizales conocer de la solicitud de ejecución de providencia judicial presentada por el Ministerio de Educación Nacional -Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio- en contra del señor Jaime Antonio Marín Cruz .
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2490 al Juzgado
- Sexto. Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Manizales.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.