A- de 2023
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Imitola Moreno Ricardo Alejandro·Demandado Alcaldia Municipal De Piojo Atlantico
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Administrativo Oral de Barranquilla y el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia tuvo su origen en la demanda ejecutiva laboral que interpuso un ciudadano en contra de la Alcaldía de Piojó (Atlántico), pretendiendo que se librara mandamiento de pago por la suma de dinero equivalente al valor estipulado en un acuerdo de pago para cancelar cesantías definitivas y la sanción moratoria por el no pago de las mismas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos requeridos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 682/21 mediante la cual estableció que, los procesos ejecutivos en los que se pretenda ejecutar obligaciones de origen laboral o de la seguridad social que no se enmarquen dentro de las hipótesis señaladas en el numeral 6º del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, corresponden a la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad laboral, de acuerdo con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Con base en lo anterior ordenó el envío del expediente al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Barranquilla para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral de Barranquilla y el Juzgado
- Quinto. Laboral del Circuito de Barranquilla y DECLARAR que el Juzgado
- Quinto. Laboral del Circuito de Barranquilla es la autoridad competente para conocer la demanda ejecutiva laboral promovida por el señor Ricardo Alejandro Imitola Moreno contra la Alcaldía del municipio de Piojó (Atlántico).
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2414 al Juzgado
- Quinto. Laboral del Circuito de Barranquilla para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral de Barranquilla.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.