Micelio
Auto24 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Karena Elisama Caselles Hernández

Demandante Rojas Gomez Clara Ines·Demandado Instituto Colombiano De Bienestar Familiar Icbf Regional Bogota

Tema · dato duro
Acción De Nulidad De Acto Administrativo Y Declaratoria De Existencia De Vinculación Laboral Propia De Un Empleado Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad de acto administrativo y declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un empleado público
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción entre el Juzgado Cincuenta y Seis Administrativo de Bogotá y el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una acción de nulidad y restablecimiento del derecho que promovió una ciudadana en contra de un Oficio proferido por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, mediante el cual le negó la solicitud de reconocimiento de la calidad de servidora pública por su vinculación como madre comunitaria y el correspondiente pago de los emolumentos de ley adeudados.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión recogida en los autos 054 y 061 de 2022, mediante la cual se indicó que la competencia judicial para conocer de las demandas que pretendan que se declare la existencia de una relación laboral en la calidad de empleado público y se dicten medidas de restablecimiento dirigidas a garantizar derechos laborales de ese tipo de vinculación, les corresponde a los jueces administrativos.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Cincuenta y Seis (56) Administrativo de Bogotá, para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicción entre el Juzgado Cincuenta y Seis (56) Administrativo de Bogotá y el Juzgado
  2. Noveno. (9°) Laboral del Circuito de Bogotá y DECLARAR que le corresponde al Juzgado Cincuenta y Seis (56) Administrativo de Bogotá asumir el conocimiento del proceso iniciado por Clara Inés Rojas Gómez contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, de conformidad con la parte considerativa de la presente providencia.
  3. SEGUNDO. REMITIR, por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, el expediente CJU-737 al Juzgado Cincuenta y Seis (56) Administrativo de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  4. Noveno. (9°) Laboral del Circuito de Bogotá y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.