Micelio
Auto20 de junio de 2018

A- de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Nestor Arnulfo Garcia Parrado

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se LEVANTA la suspensión de términos en el proceso correspondiente al expediente D-12093 en el que se demandó el artículo 103 de la Ley 1737 de 2014, por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 10 de enero al 31 de diciembre de 2015.

Se dispone que, ejecutoriada esta decisión, se contabilicen nuevamente los términos procesales a partir de la etapa en que se encontraba al momento de la suspensión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos en el proceso correspondiente al expediente D-12093, en el que se demandó el artículo 103 de la Ley 1737 de 2014, "por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 10 de enero al 31 de diciembre de 2015". En consecuencia, ejecutoriada esta decisión, se contabilizarán nuevamente los términos procesales, a partir del momento en se encontraban al momento de la suspensión.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que notifique el presente proveído en el estado de esta dependencia, que lo ponga en conocimiento de la ciudadanía en la página web, y que comunique el contenido de esta decisión al Presidente de la República, al Presidente del Congreso y al Procurador General de la Nación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.