Micelio
Auto2 de septiembre de 2015

A- de 2015

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Jose Fernando Castro Garcia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad De Auto De La Corte Constitucional
  • Rechazar por extemporánea la solicitud de nulidad
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad del ordinal segundo del auto proferido por la Sala de Selección Número Cuatro, conformada por los magistrados María Victoria Calle Correa y Luis Guillermo Guerrero Pérez, a través del cual se decidió excluir de revisión el proceso número T-4872700, donde el obraba como accionante el memorialista.

Argumentó el peticionario que la doctora Calle estaba afectada por un impedimento para decidir sobre su petición de revisión y que por ello la Corporación, luego de decretar la nulidad parcial del precitado auto, debía someter su proceso a un nuevo escrutinio por parte de una Sala de Selección diferente.

Luego de analizar el caso la Corte decide RECHAZAR por extemporánea la solicitud de nulidad presentada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por extemporanea la solicitud de nulidad contra el Auto del 28 de abril de 2015 proferido por la Sala de Seleccion numero Cuatro, presentada el 22 de junio de 2015 por el senor Jose Fernando Castro Garcia.
  2. Segundo. COMUNIQUESE la presente providencia al peticionario, con la advertencia que contra esta decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.