A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Celis Espinosa Amanda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Risaralda y el Juzgado 5º Laboral del Circuito de Pereira.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que instauró Colpensiones contra una resolución propia, mediante la cual, reconoció y pagó una pensión de invalidez a favor de una ciudadana.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró el Auto 316 de 2021, señalando que conforme con los artículos 97 y 104 del CPACA, el juez de lo contencioso administrativo es el competente para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la administración en contra de sus propios actos administrativos.
Con fundamento en lo anterior, la Corte declaró que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer sobre la demanda analizada.
En consecuencia, remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Risaralda para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Risaralda y el Juzgado 5º Laboral del Circuito de Pereira, y DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Risaralda es la autoridad competente para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones contra la Resolución GNR 360332 del 29 de noviembre de 2016.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2375 al Tribunal Administrativo de Risaralda para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 5º Laboral del Circuito de Pereira.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.