Micelio
Auto5 de diciembre de 2014

A- de 2014

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y A La Vida
  • Reconformación de Grupo de Peritos Constitucionales Voluntarios que apoya seguimiento de Sentencia T-760/08
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se reconforma el Grupo de Peritos Constitucionales Voluntarios que apoya el seguimiento de la sentencia T-760/08.

En virtud de lo anterior, se dispone que la Universidad de los Andes y sus unidades académicas y de investigación ya no fungirán como peritos constitucionales voluntarios, como si lo hará el Grupo Médico por el Derecho a Decidir.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Tener en cuenta que a partir de la fecha de expedicion de esta providencia, la Universidad de los Andes y sus unidades academicas y de investigacion referidas en la consideracion 3.1., no fungiran como Peritos Constitucionales Voluntarios por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto.
  2. Segundo. Reconocer como Perito Constitucional Voluntario al Grupo Medico por el Derecho a Decidir, conforme lo indicado en el acapite considerativo de esta providencia.
  3. Tercero. Informar de esta determinacion a los demas Peritos Constitucionales Voluntarios, asi como a la Contraloria General de la Republica, a la Procuraduria General de la Nacion, a la Defensoria del Pueblo, al Ministerio de Salud y Proteccion Social, al Ministerio de Hacienda y Credito Publico, a la Superintendencia Nacional de Salud y al Administrador Fiduciario del Fosyga.
  4. Cuarto. La Secretaria General de esta Corporacion librara las comunicaciones pertinentes, remitiendo copia de este proveido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.