Micelio
Auto24 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Ingenieria Y Proyectos De Colombia Asociados Sas Inprocolsas·Demandado Biorganicos Del Centro Del Huila Sa Esp

Tema · dato duro
Acción Pauliana O Revocatoria Contra Prestador De Servicios Públicos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción suscitado por el Juzgado Segundo Civil Municipal de Garzón (Huila) y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Neiva (Huila).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la Acción Pauliana o Revocatoria que presentó la empresa INPROCOLSAS en contra de Biorgánicos E.S.P.

La Corte Constitucional determinó que no existe una norma que resuelva la controversia para conocer del asunto en la que un prestador de Servicios Públicos, en calidad de deudor, ejecute acciones que lo pudieran dejar insolvente ante sus acreedores, como un presunto intento de no cumplir con el pago una obligación.

En consecuencia, resolvió que el asunto es competencia de la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil por el factor residual y declaró que el Juzgado Segundo Civil Municipal de Garzón (Huila) es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por INPROCOLSAS, remitiéndole el expediente para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique la decisión a los sujetos procesales e interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Civil Municipal de Garzón (Huila) y el Juzgado
  3. Primero. Administrativo Oral de Neiva (Huila), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Segundo. Civil Municipal de Garzón (Huila) es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por INPROCOLSAS.
  5. Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-569 al Juzgado
  6. Segundo. Civil Municipal de Garzón (Huila), para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique al Juzgado
  7. Primero. Administrativo Oral de Neiva (Huila) y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.