A- de 2021
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Sincelejo y el Juzgado Cuarto Administrativo de la misma ciudad.
La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se generó en torno a una demanda en la que Colpensiones demandó en lesividad la nulidad de una resolución mediante la cual, en acatamiento de la Sentencia T-063/18, reconoció al accionante la pensión de invalidez.
En su criterio, el afiliado no contaba con el lleno de los requisitos legales para acceder a dicha prestación.
Luego de comprobar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte Sala Plena considera que el Juzgado Cuarto Administrativo de Sincelejo es la autoridad judicial competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho mencionada, a donde se ordena remitir el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión tanto a los interesados en dicho trámite como al otro despacho judicial.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Cuarto. Administrativo de Sincelejo y el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Sincelejo, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Administrativo de Sincelejo es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra del ciudadano Alfonso Sáenz Fernández.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-488 al Juzgado
- Cuarto. Administrativo de Sincelejo para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Sincelejo, Sucre.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.