A- de 2021
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Sexto Administrativo de Pereira y el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los despachos judiciales involucrados se generó en torno a una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por Colpensiones en contra de una resolución a través de la cual reconoció y ordenó el pago de una pensión de sobrevivientes.
Luego de comprobar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró las directrices establecidas en el Auto 316/21, según el cual n este tipo de controversias se excluye la competencia del juez laboral y de la seguridad social, pues a pesar de tratarse de un acto administrativo que definió una garantía prestacional de la seguridad social, se encontró legislación expresa que determina la competencia de los jueces administrativos en este tipo de situaciones fácticas, siendo aplicables los artículos 97, 104 y 138 de la Ley 1437 de 2011 y demás que resulten concordantes.
Con base en lo anterior se ordena remitir el expediente al Juzgado Sexto Administrativo de Pereira para que imparta el trámite correspondiente al proceso mencionado y para que comunique la presente decisión al otro juzgado y a los sujetos procesales dentro de dicho asunto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Sexto. Administrativo de Pereira y el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Pereira, y DECLARAR que el conocimiento del proceso bajo el numero 66001333300620180022300 y que pretende la nulidad de la Resolucion SUB No.118126 del 2 mayo de 2018, corresponde al Juzgado
- Sexto. Administrativo de Pereira.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-288 al Juzgado
- Sexto. Administrativo de Pereira para que tramite el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, y comunique la presente decision al Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Pereira y a los sujetos procesales dentro del asunto con radicado numero 66001333300620180022300.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.