A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Muñoz Valencia Guillermo·Demandado Instituto De Valoracion De Manizales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Caldas y el Juzgado 2º Laboral del Circuito de Manizales.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano en contra del INVIMA, a través del cual pretendía la nulidad del acto administrativo contenido en un oficio y mediante el cual se le negó el reconocimiento y pago de acreencias laborales derivadas de una vinculación contractual de trabajo, así como la existencia de un contrato realidad entre las partes y el pago de las prestaciones sociales y demás emolumentos, en igualdad de condiciones que un empleado público vinculado a la entidad.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 492/21 mediante la cual estableció que, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de contratos de prestación de servicios con el Estado, de conformidad con el artículo 104 del CPACA.
Con base en lo anterior remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Caldas para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Tribunal Administrativo de Caldas y el Juzgado 2º Laboral del Circuito de Manizales en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Caldas es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por el señor Guillermo Muñoz Valencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2331 al Tribunal Administrativo de Caldas para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 2º Laboral del Circuito de Manizales.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.