A- de 2018
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Guillermo Segundo Torres Pretel·Demandado Registraduria Nacional Del Estado Civil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Turbo y el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad.
El precitado juzgado argumentó su incompetencia a partir de una indebida interpretación de las reglas de reparto originalmente contenidas en el Decreto 1983 de 2017.
Considera la Corte que dicha autoridad aplicó una regla de reparto que no desplazaba su competencia, afectando con ello la celeridad y eficacia de la administración de justicia, así como la protección de los derechos fundamentales del accionante, lo que se opone a la jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional en lo relativo a esa materia.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a quien primero se repartió la misma, esto es, al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Turbo, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que hay lugar.
Se hace una advertencia a esta autoridad para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo, en tanto ello desconoce la jurisprudencia de esta Corporación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 12 de marzo de 2018 por el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Turbo, (Antioquia), dentro de la accion de tutela formulada por Guillermo
- Segundo. Torres Pretel contra la Registraduria Nacional del Estado Civil.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Turbo, (Antioquia) el expediente ICC-3329, para que, de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Turbo, (Antioquia) que en lo sucesivo se abstenga de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte demandante y al Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.