Micelio
Auto2 de septiembre de 2015

A- de 2015

Ponente Myriam Avila Roldán

Demandante Arnedys Payares Perez·Demandado Consejo Superior De La Judicatura, Sala Disciplinaria Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia.

En este caso, si bien se trata de un conflicto de competencia suscitado entre Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar y el Tribunal Administrativo de ese mismo departamento, también intervinieron en él dos autoridades más, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

Todas estas autoridades bajo distintos argumentos basados en la interpretación del Decreto 1382 de 2000 y del Acto Legislativo N° 02 del 2015 decidieron declararse incompetentes para conocer de la solicitud de amparo presentada.

Esta situación fue estudiada por la Sala Plena de la Corte Constitucional quien precisó que el término para resolver la acción de tutela ha sido superado, circunstancia que en sí afecta el derecho al acceso a la administración de justicia de la peticionaria.

Luego de analizar el asunto a la luz de la jurisprudencia sentada por la Corporación en cuanto a conflictos de competencia, se decide remitir el expediente a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que asuma su conocimiento y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del once (11) de junio de dos mil quince (2015) de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en la accion de tutela de la senora Arnedys Payares Perez en contra de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria - y Direccion Ejecutiva de Administracion Judicial de Bolivar.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2205 a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que asuma el conocimiento de la accion de tutela y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. NEGAR la solicitud de Arnedys Payares Perez relativa a la aplicacion de la excepcion de inconstitucionalidad del Decreto 1382 de 2000, por las razones expuestas en este auto.
  4. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corte, COMUNICAR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolivar y al Tribunal Administrativo de Bolivar la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.