Micelio
Auto16 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante De Oficio Procesado Mejia Suarez Carlos Alberto·Demandado Mejia Suarez Carlos Alberto

Tema · dato duro
Ausencia De Los Factores Territorial, Obejtivo E Institucional-La Comunidad Indígena No Demostró La Existencia De Autoridades O Procedimientos Que Garanticen Los Derechos Fundamentales Del Acusado En La Presunta Comisión Del Delito De Concierto Para Delinquir Con Fines De Tráfico De Estupefacientes.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción entre el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Manizales y la Comunidad Siona Yo’ Corobé de Bajo Santa Elena del municipio de Puerto Asís, Putumayo.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en un proceso penal adelantado en contra de un ciudadano por la presunta comisión del delito de concierto para delinquir con fines de tráfico de estupefacientes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte declaró que el conocimiento del mencionado proceso le corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad penal, porque la conducta investigada tiene una especial nocividad social y no interesa exclusivamente al pueblo Siona, no se ejecutó en el área de influencia de dicha comunidad y no se verificó la existencia de un andamiaje institucional que permita adelantar el juzgamiento.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Manizales, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito Especializado de Manizales y el Cabildo Gobernador de la comunidad indígena Siona Yo" Corobé de Bajo Santa Elena, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito Especializado de Manizales es la autoridad competente para conocer del proceso adelantado contra el señor Carlos Alberto Mejía Suárez, por la presunta comisión del delito de concierto para delinquir agravado, por haber sido cometido con fines de tráfico de estupefacientes.
  4. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1453 al Juzgado
  5. Primero. Penal del Circuito Especializado de Manizales, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
  6. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  7. Presidente
  8. KARENA CASELLES HERNÁNDEZ
  9. Magistrada (e)
  10. DIANA FAJARDO RIVERA
  11. Magistrada
  12. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  13. Magistrado
  14. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  15. Magistrado
  16. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  17. Magistrado
  18. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  19. Magistrada
  20. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  21. Magistrada
  22. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por5
A. 1966/24Incumplimiento Del Factor Institucional-La Comunidad Indígena No Cuenta Con Un Andamiaje Institucional Lo Suficientemente Robusto Para Tratar La Especial Nocividad Que Representan Conductas Presuntamente Cometidas Por Los Indiciados-Conductas Presuntamente Cometidas En Contextos De Macrocriminalidad Y De Concierto Para Delinquir De Organizaciones Al Margen De La Ley.A. 1903/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-Elemento Objetivo No Es Determinante-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia De Procedimientos Efectivos Para La Satisfacción Plena De Los Derechos De Las Victimas.A. 1709/24Incumplimiento Del Factor Objetivo E Institucional- No Se Acreditaron Adecuadamente Las Garantías Judiciales Necesarias Para Asegurar La Protección De Los Derechos Del Procesado, La Previsibilidad De Las Conductas O Sus Procedimientos Y Los Mecanismos De Participación De La Sociedad Como Titular Del Bien Jurídico Colectivo Que Se Lesionó.A. 1471/24Incumplimiento Del Factor Institucional Y Objetivo-Concierto Para Delinquir Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria-Delito De Macrocriminalidad-No Se Demuestra Que La Comunidad Cuente Con Un Andamiaje Adecuado Para Garantizar La Persecución Y Sanción Efectiva De Conductas Cometidas En Un Contexto De Macrocriminalidad-No Existe Certeza Del Cumplimiento Al Debido Proceso.A. 1750/22Incumplimiento Del Factor Institucional-Proceso Penal Por La Presunta Comisión Del Delito De Lesiones Personales.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.