A- de 2024
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Fabiola Rojas Tamayo·Demandado Tribunal Eclesiastico Unico De Apelacion Para Colombia Y Tribunal Eclesiastico De Garzon
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al primer despacho judicial con competencia que conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Treinta y Tres Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá y el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones Mixtas de Garzón (Huila).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Treinta y Tres Penal Municipal con función de Control de Garantías de Bogotá, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
Al otro operador jurídico involucrado se le advirtió que, siempre que proponga un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual, debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia constitucional, compiladas en el auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 29 de noviembre de 2023, proferido por el Juzgado Treinta y Tres Penal Municipal con función de Control de Garantías de Bogotá, en el marco de la acción de tutela promovida por Fabiola Rojas Tamayo en contra del Tribunal Eclesiástico Único de Apelación para Colombia y el Tribunal Eclesiástico de Garzón, Huila.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4572 al Juzgado Treinta y Tres Penal Municipal con función de Control de Garantías de Bogotá, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones Mixtas de Garzón, Huila que, siempre que proponga un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual, debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, compiladas en el auto 550 de 2018.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones Mixtas de Garzón, Huila la decisión adoptada mediante esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.