A- de 2017
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Marino Antonio Bastidas·Demandado Ministerio Del Interior Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Establecidas solamente en el artículo 86 Superior y en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre las Salas Penal y Laboral del Tribunal Superior de Pasto.
La Corte advierte que la situación planteada por los despachos involucrados gira en torno a la interpretación del sentido de las pretensiones de la acción de tutela, lo cual es un análisis de fondo de la misma.
Precisa la Sala que ello no es un factor para declarar la incompetencia y menos para intervenir a través de la apreciación de la voluntad del accionante, quien en principio decidió presentar dicha acción y no una solicitud de cumplimiento o un incidente de desacato.
Se reitera que la acción de tutela es un derecho fundamental en sí misma considerada, por lo que todos los jueces de la jurisdicción constitucional deben conocer a prevención de la misma, sin tergiversar la solicitud de amparo inicialmente instaurada.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto, para que de manera inmediata y sin dilaciones profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del veintisiete (27) de febrero de dos mil diecisiete (2017), proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto, dentro del trámite de Marino Antonio Bastidas en representación de la Comunidad Indígena de Túquerres, contra la Dirección de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior y el Comité de censo poblacional del cabildo indígena de Túquerres.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2923 a la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto, para que de manera inmediata y sin dilaciones profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Pasto, Nariño.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.