A- de 2010
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Xxxxx
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Adopción de medidas conducentes a reservar y proteger identidad de parte actora en sentencia T-722/08
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se ordenan una serie de medidas tendientes brindar la debida reserva a la identidad del actor en el proceso de tutela, para contribuir a la protección integral de sus derechos
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- Primero. ORDENAR a la Relatoria de Tutelas, al Departamento de Sistemas y a la Secretaria General de esta corporacion adoptar todas las medidas conducentes a reservar y proteger la identidad de la solicitante, quien fue actora en el proceso que termino con la sentencia T-722 de julio 21 de 2008. En consecuencia, la identidad de la senora XXXXX debe retirarse de las copias de las providencias respectivas y de cualquier otra referencia publica.
- Segundo. REMITASE la peticion de la senora XXXXX al Juzgado
- Cuarto. de Familia de Bucaramanga, que conocio el asunto en primera instancia y donde debe reposar el expediente respectivo, para que tambien proceda en consecuencia.
- NILSON PINILLA PINILLA
- Magistrado
- JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
- Magistrado
- HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.