A- de 2014
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Edgar De Jesus Ruiz Vs Ministerio De Transporte Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Conocimiento directo de conflicto de competencia para garantizar derechos fundamentales a pesar de existir superior común
- Factor territorial
- Competencia de Tribunal Administrativo
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Reiteración auto A124/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B, el Juzgado Primero Penal Municipal de Facatativá y el Juzgado Veinticuatro Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Luego de analizar el caso en concreto, la Corte decide el asunto ordenando enviar el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con el objeto de que asuma, con la debida prelación constitucional, el conocimiento de la solicitud de tutela promovida y dicte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se advierte a esta autoridad judicial que, en adelante, debe observar estrictamente la jurisprudencia de la Corporación sobre los conflictos de competencia en materia de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del 1deg de octubre de 2014, dictado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Tercera, Subseccion "B", dentro de la accion de tutela iniciada por el senor Edgar de Jesus Ruiz, quien actua por intermedio de apoderado judicial, contra el Ministerio de Transporte y la Secretaria de Transito y Transporte de Facatativa.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2057 al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Tercera, Subseccion "B", con el objeto de que asuma, con la debida prelacion constitucional, el conocimiento de la solicitud de tutela promovida y dicte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Tercera, Subseccion "B" que, en adelante, debera observar estrictamente la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto.
- Cuarto. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNIQUESE a los Juzgados
- Primero. Penal Municipal de Facatativa y Veinticuatro Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bogota, la decision adoptada en esta ocasion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.