Micelio
Auto20 de agosto de 2015

A- de 2015

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Fernando Rincon Soto·Demandado Juzgado Segundo Civil Municipal De Honda

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Segundo Civil del Circuito y Laboral del Circuito del municipio de Honda (Tolima), en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Luego de analizar el caso concreto, la Sala Plena de la Corte decide el asunto ordenando la remisión del expediente al Juzgado Laboral del Circuito de Honda para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 15 de agosto de 2014 proferido por el Juez Laboral del Circuito de Honda, dentro del expediente ICC-2200.
  2. SEGUNDO. REMITIR al Juzgado Laboral del Circuito de Honda el expediente ICC-2200, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar, dentro de la accion de tutela formulada por Maile Carolina Salguero Quintero como apoderada de Fernando Rincon Nieto contra el Juzgado
  3. Segundo. Civil Municipal de Honda.
  4. TERCERO. ORDENAR que, por Secretaria General, se comunique la decision adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
  5. Segundo. Civil del Circuito de Honda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.