Micelio
Auto19 de julio de 2017

A- de 2017

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Jesus Antonio Perez Lemus Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la Sentencia SU.235/16.

Los peticionarios adujeron que la providencia en mención vulneró su derecho al debido proceso, dado que no fueron vinculados al trámite que se adelantó, pese a tener un interés legítimo en el resultado del mismo por fungir como propietarios de los predios que el INCORA les adjudicó y los cuales están a punto de perder.

La Corte concluye que en este caso no se omitió el deber de notificar a terceros con interés legítimo, pues ni el debate jurídico estaba dirigido a discutir la propiedad de los incidentantes, ni los solicitantes de la nulidad debían resultar afectados por las órdenes proferidas por la Corte Constitucional en la Sentencia SU. 235/16.

En consecuencia, al no encontrarse acreditada la causal de nulidad invocada, se NIEGA la misma.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. NEGAR LA SOLICITUD DE NULIDAD formulada por el senor Jesus Antonio Perez Lemus y otros, contra la Sentencia SU-235 de 2016, proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
  2. SEGUNDO. Comuniquese la presente providencia a quienes presentaron la solicitud de nulidad, con la advertencia que contra esta decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.