A- de 2016
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Juan De La Cruz Carvajal Gomez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil
- Rechazar por improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El accionante, en ejercicio del derecho fundamental de petición, presentó una solicitud para que la Corte establezca el valor exacto de la primera mesada pensional y las subsiguientes que le correspondan, con base en los salarios certificados por la Sociedad Cementos Argos y el IPC reportado por el DANE.
Para la Sala de Revisión la petición reviste más un incumplimiento material de las órdenes contenidas en la sentencia T-956/14, que una petición de aclaración, corrección o adición de la misma.
En consecuencia, se RECHAZA por improcedente la solicitud formulada, pero se dispone informar al memorialista que cuenta con la posibilidad procesal de formular un incidente de desacato conforme el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, ante el juez de primera instancia, si considera que la accionada ha incumplido con las órdenes contenidas en el precitado fallo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud presentada por el senor Juan de la Cruz Carvajal Gomez.
- Segundo. INFORMAR al solicitante, que cuenta con la posibilidad procesal de formular un incidente de desacato, conforme al articulo 52 del Decreto 2591 de 1991, ante el juez de primera instancia, si considera que la sociedad Cementos Argos S.A., ha incumplido las ordenes contenidas en la sentencia T-956 de 2014.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.