Micelio
Auto25 de marzo de 2026

A-360/26 de 2026

Ponente Natalia Ángel Cabo

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Elemento Subjetivo-No Se Configuró Una Violación De Derechos Humanos Que Legitimen A La Fiscalía Para Promover Un Conflicto Entre Jurisdicciones.
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre la Fiscalía Delegada ante el juez de inspección de la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Fiscalía 218 de la unidad de delitos contra la administración pública, contra la eficaz y recta impartición de justicia, suscitado por un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de interés indebido en la celebración de contratos, falsedad ideológica en documento público, peculado por apropiación, peculado culposo y abuso de función pública, relacionados con la suscripción del contrato para la adquisición de tres trenes nuevos de aterrizaje, de la FAC.

Al analizar los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones la Sala Plena advierte que dicho conflicto no se configura por carencia del elemento subjetivo.

Ello, por cuanto, si bien la fiscalía, plantea una controversia en relación con la jurisdicción penal militar, para que se disponga que esta conozca de los delitos relacionados con la contratación estatal, de los que se acusó a cinco miembros activos de la Fuerza Pública, los hechos objeto de investigación -y los elementos de juicio que obran en el expediente no constituyen ni se relacionan, en principio, con una posible grave violación a los Derechos Humanos, por lo que el ente investigador no se encuentra facultado para proponer directamente el conflicto de competencia entre las jurisdicciones, en los términos previstos por la jurisprudencia vigente de la Corte.

La Sala Plena se declara inhibida para resolver el conflicto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.